3 de septiembre de 2026 Vélez-Málaga · Axarquía · Málaga
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Vélez-Málaga

El Consejo de Transparencia archiva la denuncia contra EMVIPSA por el procedimiento de viviendas protegidas

El organismo andaluz concluye que no se ha acreditado el incumplimiento de las obligaciones de publicidad activa denunciadas en relación con el procedimiento de adjudicación de viviendas protegidas de Vélez-Málaga.<br><br>

Por Vélez-Málaga
EMVIPSA asegura que el Consejo de Transparencia archiva una denuncia sobre el procedimiento de VPO

El Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía ha archivado la denuncia presentada contra la Empresa Municipal de Servicios, Viviendas, Infraestructura y Promoción de Vélez-Málaga (EMVIPSA) por un supuesto incumplimiento de las obligaciones de publicidad activa en el procedimiento de adjudicación de viviendas protegidas.

comunicado emvipsa vpo
La decisión consta en la Resolución PA-079/2026, de 1 de septiembre de 2026, en la que el organismo analiza las cuestiones planteadas en la denuncia y determina que no se ha acreditado el incumplimiento denunciado.

Entre los aspectos cuestionados se encontraba la forma en la que EMVIPSA había publicado los listados de participantes en el procedimiento. Las personas incluidas aparecen identificadas mediante sus iniciales, el DNI parcialmente oculto, el número de registro y el número asignado para el sorteo.

El Consejo determina que los listados no están sujetos a la obligación denunciada

Tras analizar el caso, el Consejo de Transparencia concluye que la información objeto de la denuncia no se encuentra comprendida entre las obligaciones de publicidad activa cuyo incumplimiento se denunciaba.

Asimismo, determina que los listados de participantes no tienen, a estos efectos, la consideración de actos administrativos generales sujetos a dicha obligación de publicación.

La resolución acuerda expresamente: «Se declara el archivo de la denuncia presentada contra […] EMVIPSA, por no acreditarse el incumplimiento de obligaciones de publicidad activa».

El alcance de la decisión debe circunscribirse a las cuestiones examinadas por el Consejo de Transparencia. El archivo afecta a la denuncia formulada por un supuesto incumplimiento de las obligaciones de publicidad activa y no implica por sí mismo un pronunciamiento sobre cuestiones distintas que no hayan sido objeto de este expediente.

El procedimiento contó con intervención notarial

Durante el procedimiento de adjudicación se publicaron los correspondientes listados de participantes y se llevó a cabo la asignación aleatoria de números mediante la plataforma SIGNO del Consejo General del Notariado.

Posteriormente se celebró un sorteo público con intervención notarial que fue retransmitido en directo. La resolución del Consejo recoge estas actuaciones, así como la existencia de un acta notarial previa de fecha 27 de julio de 2026.

EMVIPSA considera que la decisión aporta seguridad a las personas participantes en el procedimiento y defiende que las medidas adoptadas han estado dirigidas a garantizar la publicidad, transparencia y trazabilidad del proceso, compatibilizándolas con la protección de los datos personales.

EMVIPSA publica la resolución íntegra

La empresa municipal ha anunciado además la puesta a disposición de la ciudadanía de la Resolución PA-079/2026 íntegra, permitiendo consultar directamente las cuestiones planteadas en la denuncia, los fundamentos utilizados por el Consejo de Transparencia y la decisión finalmente adoptada.

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Preguntas frecuentes

¿Qué ha decidido el Consejo de Transparencia sobre la denuncia contra EMVIPSA?

Según el comunicado de EMVIPSA, el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía ha acordado archivar la denuncia al no acreditarse el incumplimiento de las obligaciones de publicidad activa denunciadas.

¿Por qué se presentó la denuncia contra EMVIPSA?

La denuncia cuestionaba, entre otros aspectos, la forma en la que se habían publicado los listados de participantes en el procedimiento de adjudicación de viviendas protegidas.

¿Cómo aparecen identificados los participantes en los listados?

Según EMVIPSA, mediante iniciales, DNI parcialmente oculto, número de registro y el número asignado para el sorteo.

¿El archivo supone un aval a todo el procedimiento de viviendas protegidas?

No necesariamente. El pronunciamiento comunicado se refiere al supuesto incumplimiento de determinadas obligaciones de publicidad activa y no debe extenderse automáticamente a otros aspectos del procedimiento.

¿Qué resolución ha dictado el Consejo de Transparencia?

EMVIPSA identifica la decisión como la Resolución PA-079/2026, de 1 de septiembre de 2026.

¿Cómo se realizó el sorteo de las viviendas protegidas?

Según la empresa municipal, los números fueron asignados aleatoriamente mediante la plataforma SIGNO del Consejo General del Notariado y posteriormente se celebró un sorteo público con intervención notarial y retransmisión en directo.

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